martes, 8 de septiembre de 2020

ARTÍCULO DIPLOMÁTICO: Términos diplomáticos y acreditación múltiple.

Por Lic. José Antonio Méndez Duncan, EX Diplomático.

ARTÍCULO DIPLOMÁTICO.- TÉRMINOS DIPLOMÁTICOS ACREDITACIÓN MÚLTIPLE Situación en que se encuentra un Jefe de Misión acreditado a un mismo tiempo ante varios Estados. AGREGADO Miembro del personal diplomático de una Embajada que tiene asignada una función específica (comercial, cultural, laboral, militar…). Suele ser funcionario de algún Ministerio distinto del de Asuntos Exteriores y de Cooperación.


AGREGADO HONORARIO En algunos países recibe este nombre el Agregado que, de modo excepcional, ha sido acreditado como personal diplomático.


CANCILLER En una Embajada o Consulado es el jefe del personal administrativo. No tiene carácter diplomático.


CANCILLERÍA Local donde se encuentran las oficinas de la Misión Diplomática o del Consulado, por oposición a la Residencia del Embajador o Cónsul y a otras oficinas especializadas que puedan formar parte de la Misión (Oficina Comercial, Sección Consular, etc..)


CARRERA DIPLOMÁTICA Conjunto de funcionarios que tiene encomendada de modo regular la representación del Estado y la protección de los nacionales en el exterior, ejecutando la política internacional determinada por las instancias a las que constitucionalmente corresponda. CARTAS CREDENCIALES Documento que el Jefe del Estado acreditante dirige al Jefe del Estado receptor comunicándole el nombramiento de determinada persona como Embajador ante él. Previamente se habrá obtenido el plácet.


CIRCUNSCRIPCIÓN CONSULAR Territorio atribuido a una Oficina Consular. En la práctica española se distingue entre Demarcación Consular (circunscripción de un Consulado de Carrera) y Distrito Consular (circunscripción de un Consulado Honorario). CONSEJERO DE EMBAJADA Puesto dentro de una Embajada por debajo del Ministro Consejero -si lo hay- y por encima del Primer Secretario.


CÓNSUL Denominación genérica del titular de una Oficina Consular. Incluye al Cónsul propiamente dicho, al Cónsul General, al Cónsul Adjunto y al Agente Consular.


CÓNSUL ADJUNTO Funcionario de la Carrera Diplomática que, con carácter consular, auxilia a un Cónsul General de quien recibe delegación de funciones y al que sustituye durante sus ausencias. CÓNSUL DE CARRERA El que por estar al frente de un Consulado de Carrera tiene competencia para ejercer en su plenitud todas las funciones consulares que permite el Derecho internacional. En el Servicio Exterior español todos los Cónsules de Carrera son funcionarios de la Carrera Diplomática.


CÓNSUL GENERAL Es el titular de un Consulado General. En el sistema español vigente, tiene categoría personal mínima de Consejero de Embajada.


CÓNSUL HONORARIO No suele ser nacional del país por cuenta del que actúa, sino que tiene nacionalidad del país de residencia o, incluso, de un tercer Estado y puede ser a un mismo tiempo Cónsul Honorario de dos o más países. Por oposición al Cónsul de Carrera, sólo es competente para ejercer un número limitado y secundario de las funciones consulares permitidas por el Derecho internacional. CONSULADO Representación Permanente que mantiene un Estado en otro con el fin primordial de proteger y auxiliar a sus nacionales y fomentar las relaciones comerciales. El término designa a un mismo tiempo el órgano y su sede. Hay Consulados de Carrera y Consulados Honorarios, según que ejerzan todas las funciones consulares que permite el derecho internacional o se limiten al ejercicio de funciones secundarias.


CONSULADO GENERAL Es la Oficina Consular de primera categoría, con independencia de la extensión de su circunscripción.


OFICINA DE INFORMACIÓN DIPLOMÁTICA Documento TÉRMINOS DIPLOMÁTICOS 2 CUERPO CONSULAR Conjunto de Cónsules de todo orden que ejercen sus funciones en una misma población. El más antiguo de ellos ejerce como Decano.


CUERPO DIPLOMÁTICO Conjunto de personas acreditadas con este carácter ante un determinado Estado. Incluye a todo el personal diplomático extranjero en una capital. El más antiguo de entre los Embajadores ejerce como Decano. En los países de tradición católica, el Decano es generalmente el Nuncio Apostólico. DELEGACIÓN PERMANENTE Expresión con la que se designa comúnmente la Misión Diplomática que un Estado acredita de modo permanente en una Organización internacional de la que es miembro. A su frente se encuentra un Embajador Representante Permanente o Delegado Permanente. DEMARCACIÓN CONSULAR V. Circunscripción Consular Distrito Consular V. Circunscripción Consular EMBAJADA Misión Diplomática de la máxima categoría al frente de la que se halla un Embajador. El término se aplica también a los locales de la Misión, tanto a las oficinas (Cancillería) como a la vivienda del Embajador (Residencia). EMBAJADOR 1.- Funcionario de la Carrera Diplomática que ha alcanzado la máxima categoría dentro del escalafón y que puede hallarse, o no, al frente de una Embajada. 2.- Jefe de Misión que se halla al frente de una Embajada. Normalmente es un funcionario de la Carrera Diplomática -Embajador de Carrera- cuya categoría personal puede no ser la de Embajador sino otra inferior. Si no pertenece a la Carrera Diplomática se le denomina Embajador Político. ENCARGADO DE NEGOCIOS Funcionario diplomático que ocupa temporalmente la Jefatura de una Misión Diplomática por hallarse vacante dicho puesto, por ausencia del titular, etc. Normalmente, el puesto es desempeñado por el funcionario diplomático de categoría inmediatamente inferior al Jefe de Misión. JEFE DE MISIÓN Término genérico que abarca los varios supuestos de titulares de la máxima autoridad en una Misión Diplomática. En la mayoría de los casos, Misión es sinónimo de Embajada, y Jefe de Misión, de Embajador.


LLAMADA A CONSULTA Orden que se envía a un Jefe de Misión por el Ministro de Relaciones Exteriores del Estado acreditante para que se persone urgentemente con objeto de informar sobre un determinado asunto y recibir instrucciones particulares. MINISTRO-CONSEJERO Funcionario diplomático que ocupa en una Embajada el puesto inmediatamente siguiente al Jefe de Misión y asume las funciones de Encargado de Negocios cuando es necesario. Este puesto sólo suele existir en las Embajadas más importantes por el volumen de personal diplomático. MISIÓN DIPLOMÁTICA Término genérico que abarca todos los tipos de representación permanente de un Estado ante otro, o ante una Organización internacional, o de éstas ante un Estado.


NOTA VERBAL Comunicación oficial escrita, redactada en tercera persona, que dirige una Misión Diplomática al Ministerio de Exteriores del Estado receptor. Se llama verbal porque antiguamente recogía los términos de una conversación y solía ser entregada a su finalización. Actualmente, es la Nota diplomática por excelencia.


OFICINA CONSULAR Término genérico que abarca las distintas clases de Consulados, tanto de Carrera como Honorarios. PERSONA NON GRATA Es la declaración que en cualquier momento el Estado receptor puede hacer sobre el Jefe de Misión o cualquier otro miembro del personal diplomático, que se comunica sin necesidad de expresar los motivos, e implica que esa persona debe ser retirada o cesar en sus funciones.


PLÁCET Manifestación que hace el Estado receptor, solicitado para ello por el Estado acreditante, de que no tiene nada que oponer a la persona que éste se propone nombrar como Jefe de Misión ante aquél.


OFICINA DE INFORMACIÓN DIPLOMÁTICA Documento maec.es > TÉRMINOS DIPLOMÁTICOS 3 REPRESENTACIÓN En la práctica española, es el término más genérico para designar todo tipo de órganos de la Administración del Estado en el exterior. Periódicamente, el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación edita una Guía de las Representaciones de España en el extranjero en la que figuran todas ellas ordenadas por países y organizaciones, con los nombres de sus titulares, direcciones, teléfonos, etcétera.


REPRESENTACIÓN PERMANENTE V. Delegación Permanente RESIDENCIA Se designa con este término el domicilio oficial del Jefe de Misión. SECCIÓN CONSULAR Personal de una Misión Diplomática que desempeña funciones consulares, al no existir una Oficina Consular en la misma capital. SECRETARIO DE EMBAJADA Puesto dentro de una Embajada por debajo del Consejero -si lo hay- y por encima de los Agregados.