SANTO DOMINGO.- En un esfuerzo por agilizar los
trámites y reducir los procesos largos y burocráticos, el Consejo Estatal
del Azúcar (CEA) informa a todos los adquirientes de terrenos que, a
partir del 4 de marzo de 2025, se implementará un procedimiento más
eficiente para la solicitud de certificaciones de No Objeción a Deslinde y
Transferencia, en virtud de la terminación del plazo establecido en el Decreto
Núm. 268-16 de fecha 27 de septiembre del año 2016, modificado por el Decreto
Núm. 608-20 de fecha 2 de noviembre del año 2020, que establecían realizar este
proceso a través de otra institución.
Los requisitos establecidos a partir de la fecha para la
solicitud de dichas certificaciones son los siguientes:
1. Copia de la cédula de identidad del adquiriente
si es persona física; si es persona moral, copia de cédula del representante,
junto con el acta de asamblea que lo autoriza.
2. Copia de la cédula de identidad del agrimensor privado
actuante, debidamente registrado en la institución, así como sus datos (copia
de carnet del CODIA, correo electrónico y teléfono).
3. Plano individual del agrimensor privado con las
coordenadas UTM (Georreferenciado).
4. Oficio de autorización de realización de
trabajos de mensura, emitido por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales.
5. Poder de representación con copia de la cédula
de identidad del apoderado (si aplica).
Procedimiento: Los interesados deberán completar el
formulario que se les proporcionará al momento de realizar la solicitud,
anexando los documentos requeridos. La documentación debe ser entregada en la
recepción de la Dirección General Legal del Consejo Estatal del Azúcar (CEA).
Tiempo de respuesta: 30 días laborables. Horario de
prestación del servicio: De lunes a viernes, de 8:00 A. M. a 4:00 P. M.
Con esta importante medida, se reducirá la mora de 20 años
que fue encontrada en la institución, así como hacer más accesible el proceso,
beneficiando a los adquirentes de terrenos en todo el país.
Por Dirección de comunicaciones.