PENSIÓN POR
ALIMENTOS.- La pensión por alimentos se ejecuta después de una
demanda que realiza una de las partes al otro padre que es ausente
económicamente.
Algunas personas consideran que deja de ser válido cuando el
hijo o hija cumple la mayoría de edad. Este puede subsistir incluso pasando los
18 años.
Si la persona
ya tiene la mayoría de edad puede mantenerse bajo este estado hasta los 28
años, siempre y cuando demuestre que está siguiendo estudios de una
profesión, y estos se estén dando de manera satisfactoria y haya aprobado todos
los cursos.
Aquellos que
tengan una discapacidad física o mental comprobable pueden ser
beneficiarios de la pensión por alimentos.
¿Qué ocurre
si uno de los padres no cumple con el pago de la pensión por alimentos?
Si se esquiva
este mandato judicial, se puede afectar los ingresos de la persona. Se
puede dar a través de embargos a cuentas bancarias, sobre inmuebles o sobre
cualquier tipo de ingreso.
De no tener
los recursos para pagar lo correspondiente, el caso pasa al Ministerio
Público para que que este inicie un proceso penal.