SANTO DOMINGO.- La Cámara de Diputados convirtió en ley
las modificaciones de la Ley No.287-04, sobre Prevención, Supresión y
Limitación de Ruidos Nocivos y Molestos que producen contaminación
sonora.
Con la modificación de la nueva pieza, se establece
infracciones para la producción o emisión de ruidos que superen los límites
permitidos establecidos en el texto “Normas Ambientales para la Protección
contra Ruidos” emitido por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos
Naturales.
Esta ley programada este martes 5 de marzo año 2019, abarca todo tipo de
negocio y viviendas utilizando bocinas, plantas eléctricas, música estruendosa
y otros implementos, para propaganda de cualquier índole, cuyos sonidos se
prolonguen por más de unos 60 minutos.
De igual manera, vehículos de motor en la vía pública,
con el uso de bocinas o equipos de música o falta de silenciadores en el
escape.
La ley establece sanciones para los violadores que
van desde tres a 30 salarios mínimo en el sector público.